LEY 397 DE 1997
Constitución política colombiana
Esta se enfoca en la protección y desarrollo de las comunidades afrodescendientes, da
conocer los derechos culturales, territoriales y sociales de estas comunidades ayuda a
promover la inclusión y protección de la discriminación fomenta el fortalecimiento de
la identidad cultural. Esta Ley también busca garantizar el acceso a servicios básicos y
la participación de la toma de decisiones.
Artículo 2
Del papel del Estado en relación con la cultura. Las funciones y los servicios del Estado
en relación con la cultura se cumplirán en conformidad con lo dispuesto en el artículo
anterior, teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la
materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el
estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las
expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional.
Articulo 3
El Ministerio de Cultura coordinará la acción del Estado para la formación del nuevo
ciudadano según lo establecido por los artículos 1º al 18 de la Ley 188 de 1995, Plan
Nacional de Desarrollo.
Articulo 13
Describe los derechos de los grupos étnicos en los territorios de riqueza Arqueológica
para que sea parte de su identidad cultural, con el fin de proteger lenguas tradiciones,
usos y costumbres y demás.
Articulo 29
Formación artística y cultural El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las
entidades territoriales, fomentará la formación y capacitación técnica y cultural, del
gestor y el administrador cultural, para garantizar la coordinación administrativa y
cultural con carácter especializado. Así mismo, establecerá convenios con
universidades y centros culturales para la misma finalidad.
Artículo 70
Esta habla de la supresión y organismos culturales velando que los administrativos
nacionales cumplan sus funciones, asigna y reasigna funciones de dichas entidades y
organismos tomara medidas fiscales para su cumplimiento
Artículo 71
Reconocer al Ministerio de cultura como una entidad descentralizada y de las personas
que designe para dar respuesta y que los tramites se cumplan
Samper, E., (07 de agosto 1997)., Ley 397 de 1997,PDF Acnur Pag (2 –28) ., Recuperado de https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2008/6492.pdf
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